PRÓLOGO



El derecho penal se basa en tres presupuestos como ciencia jurídico-penal (Teoría del Delito):
✓Dogmática (Normativo)
✓Criminología (Crimen como fenómeno social)
✓Penología (Las penas como fenómeno social)

"El derecho penal debe servir para aplicarse a casos futuros dejando un precedente"
                                    -Profe.Gustavo Cote


DOGMÁTICA PENAL: Ser y deber ser, la dogmática es un producto académico de lo que debería ser.
El derecho penal se legitima en la dignidad humana y en el Estado como medio para usar el poder punitivo en favor social.

DERECHO COMO PRODUCTO SOCIAL Y CULTURAL:
El Código Penal está en constante transformación. Los códigos penales de Colombia son recuentos ya superados en Alemania.** 
Código Penal de 1980*
Código Penal de 2000*
En Chile se piensa mucho de lo que comparten los códigos penales latinoamericanos.
No se debe asumir A priori que lo que se dice en el derecho internacional debe incluirse siempre en el derecho nacional.
El derecho comparado es un sistema que piensa y compara ordenamientos jurídicos.

QUÉ ES EL CRÍMEN?
Todo crimen es una conducta inmoral, pero no toda conducta inmoral es un crimen. El crimen puede ser moral o inmoral, como ejemplo podemos referirnos a lo que para varias comunidades indígenas es bien visto como casarse con niñas de doce años o la realización de rituales que  en las metropolis no es bien visto o de plano es criminalizado. El delito es algo típico, antijurídico y culpable. (TAC)
Típico: Ya está tipificado en el ordenamiento jurídico.
Antijurídico: Contra la ley, no hay disculpante.
Culpable: Se mira si se podía actuar de otra manera para determinar la culpabilidad.
INIMPUTABILIDAD: Quien no tiene la culpa, no le es reprochable una conducta.

DERECHO Y MORAL:
Hart: El derecho y la moral se relacionan entre sí pero son diferentes.
    • Quieren ordenar la vida social.
    • Tienen un núcleo común (Prohibición mínima de la violencia)
    • Comparten bastante lenguaje


       HISTORIA DEL CÓDIGO PENAL
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Sebastián Díaz

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